En una histórica votación unánime, el Senado de la República ha aprobado en lo general y en lo particular las reformas al Código Nacional de Procedimientos Penales y de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en materia de medidas de protección y el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
Estas reformas establecen la creación del Registro Nacional de Medidas de Protección de las Mujeres, Adolescentes, Niñas y Niños, con el objetivo de garantizar la trazabilidad, estado y efectividad de las medidas de protección ordenadas por las autoridades competentes.
La iniciativa, enviada por la presidenta de México, prevé que este Registro Nacional se organice y concentre la información sobre las medidas de protección ordenadas por las autoridades administrativas y jurisdiccionales de los tres órdenes de gobierno.
Además, formará parte del Sistema Nacional de Información y su acceso estará garantizado para las autoridades competentes, con el fin de cumplir con los objetivos y obligaciones establecidos en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana será la responsable de administrar y coordinar la operación del Registro Nacional, así como de implementar de manera directa e inmediata las medidas de protección necesarias para salvaguardar la vida, integridad, libertad y seguridad de las víctimas, sin condicionarlas a la presentación de una denuncia o querella.
Por otro lado, las autoridades administrativas, fiscalías y poderes judiciales federales y locales tendrán acceso a la plataforma del Registro Nacional, con el objetivo de garantizar la continuidad y efectividad de las medidas de protección, independientemente del lugar en que hayan sido ordenadas.
Entre las medidas propuestas se encuentra la creación de órdenes de protección como una política nacional para prevenir la violencia de género, otorgadas de oficio o a petición de parte por las autoridades competentes en caso de conocer alguna violencia que pueda poner en peligro la integridad de una mujer o niña.
Se prevén facultades para que las instituciones de Seguridad Pública otorguen medidas u órdenes de seguridad inmediatas a las víctimas de violencia, con el objetivo de brindar una respuesta pronta y eficaz del Estado a cualquier petición de protección de las mujeres, adolescentes, niñas y niños.
Este es un importante paso en la lucha contra la violencia de género y el resguardo de los derechos fundamentales de las mujeres y menores en nuestro país.
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