TEPJF revoca 45 vacantes judiciales y ordena nombrar a ganadores o segundos lugares
30/07/2025 - Hace 10 meses en MéxicoTEPJF revoca 45 vacantes judiciales y ordena nombrar a ganadores o segundos lugares
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de declarar vacantes 45 cargos de magistraturas y juzgados federales, argumentando que la autoridad electoral excedió sus funciones al invalidar candidaturas por criterios académicos que debían ser evaluados únicamente por los Comités de Evaluación.
Con tres votos a favor de los magistrados Mónica Soto, Felipe Fuentes y Felipe de la Mata, el Tribunal determinó que el INE actuó fuera de sus atribuciones al desechar candidaturas ganadoras basándose en promedios académicos —ocho en licenciatura y nueve en especialidad— sin respetar los criterios técnicos y metodológicos establecidos previamente por los comités correspondientes.
El Tribunal ordenó al INE aplicar dos rutas distintas, según el caso:
- Nombrar a las personas ganadoras, aun si no alcanzaron el promedio de nueve en la especialidad, siempre y cuando los Comités de Evaluación las hubieran considerado idóneas.
- Designar al segundo lugar del mismo género, si se confirma que el ganador no cumplió con el promedio mínimo de ocho en licenciatura o no impugnó su inelegibilidad, pero otros aspirantes sí solicitaron la revisión del caso.
Los magistrados coincidieron en que la revisión del promedio de nueve en la especialidad no es un criterio legal y objetivo, sino una valoración técnica exclusiva de los comités, por lo que el INE no podía modificar la metodología ni reinterpretar los requisitos ya evaluados.
Felipe Fuentes, ponente de uno de los proyectos, argumentó que el INE no se limitó a cotejar documentos, sino que impuso filtros nuevos no contemplados en la Constitución ni en las convocatorias originales. Señaló que el instituto excluyó materias válidas y cambió criterios una vez realizada la elección, lo que afectó la certeza jurídica del proceso.
En la misma línea, la magistrada Soto Fregoso acusó al INE de “anular el trabajo de los comités sin justificación lógica”, mientras que De la Mata Pizaña resaltó que la disparidad en metodologías responde a una “mala redacción constitucional” que provocó inseguridad jurídica.
El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón propuso declarar la nulidad total de las elecciones y convocar a comicios extraordinarios, pero su proyecto no obtuvo respaldo. Por su parte, la magistrada Janine Otálora votó en contra de todos los proyectos, aunque coincidió en que el INE incurrió en fallas, y propuso una revisión metodológica bajo lineamientos más claros.
La resolución ordena al INE entregar, una vez notificado, las constancias de mayoría a las personas cuyos triunfos fueron revocados por el instituto de manera indebida. En los casos excepcionales en que se demuestre incumplimiento de requisitos objetivos —como el promedio de ocho en licenciatura—, se deberá asignar el cargo al segundo lugar, como ocurrirá en el caso de San Luis Potosí, donde Sheila Díaz Colín asumirá el cargo tras comprobarse que la candidata ganadora no cumplía los requisitos mínimos.
El TEPJF subrayó que su fallo busca garantizar el respeto al voto ciudadano, la certeza jurídica y la legalidad en el proceso de selección de cargos del sistema judicial federal.
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