Ya pasó la rejolina…
Por: Juan Alberto Esquivel y Cebrián
Ya pasó la rejolina por la consulta popular «para enjuiciar a los cinco expresidentes anteriores», cuya pregunta, en realidad, tuvo una relación tangencial con el objetivo eje de su promoción y ya es ampliamente conocido su resultado. Por eso, creo que ahora es buen momento para reflexionar sobre todo el proceso.
De acuerdo con la Ley Federal de Consulta Popular (LFCP), esta puede ser propuesta por el presidente de la República, por integrantes del Poder Legislativo o directamente por la ciudadanía (Art. 12, LFCP).
En este caso, tal consulta fue una promesa de campaña del señor López, pero, como él dice que «no busca venganzas ni revanchas», entonces movilizó a los integrantes de su partido y de sus partidos satélite para recabar firmas ciudadanas y así presentarla como «iniciativa ciudadana». Desconozco si el esfuerzo realizado por sus colectores de firmas alcanzó el dos por ciento que señala la Ley (Art. 12, III), porque desde un inicio y hasta la fecha la iniciativa es reconocida como del señor López, pese a sus esfuerzos por querer aparentar su desligamiento de la misma. Algo así como «tirar la piedra y querer esconder la mano».
En su momento, la Suprema Corte de Justicia, en acato a los Arts. 26, 27 y 28 de la Ley, dictaminó sobre la constitucionalidad de la pregunta inicial y como consideró que tal pregunta afectaba la necesaria presunción de inocencia de personas físicas, la modificó con la redacción que finalmente sustanció la consulta.
Conforme al Capítulo III de la Ley, al INE le correspondió la organización y desarrollo, así como la promoción de la consulta con tareas como ubicación de las mesas de consulta y darla a conocer oportunamente al través del Internet; integrar y capacitar a las mesas directivas de las casillas y publicitar en radio y televisión y de forma imparcial, (Art. 40) tanto la pregunta a contestar como el procedimiento para hacerlo e incentivar la participación ciudadana.
De manera paralela, el partido del señor López y sus satélites promovieron intensamente y con los medios a su alcance, el objetivo origen de la Consulta Popular y hasta se apalancaron en los «apoyos sociales otorgados por el señor presidente Andrés Manuel López Obrador» para incentivar «por convicción o por agradecimiento» la participación ciudadana (como me recomendaron unos muchachos en calle Constitución, unos días antes de la fecha establecida, la cual, por cierto, está fijada por el Art. 8 de la Ley).
En este proceso, tal vez haya una omisión que involucra tanto a la Suprema Corte de Justicia como al INE y es que, según se reclamó en algunos noticieros televisivos, al parecer, la pregunta no fue traducida a lenguas indígenas, como se estipula en el Art. 28, IV, a) de la LFCP.
Finalmente, se celebró la consulta en la cual, a nivel nacional, participó el 7.11 por ciento de la lista nominal de electores. Para que la consulta tenga efectos vinculatorios, es necesaria la participación del 40 por ciento de los ciudadanos registrados (Art. 64).
Naturalmente y como corresponde a su estilo, los apóstoles del señor López, adjudicaron el resultado obtenido a elementos ajenos a ellos y acusan de «mala voluntad» al árbitro electoral cuando, en buena medida, este resultado sólo refleja su pobre capacidad para movilizar a sus seguidores y su franca incapacidad para convencer a la ciudadanía, sin la guía de su profeta quien, como es común en él, ya señaló «culpables» de la baja participación, deslindando a sus apóstoles y ya enfoca la atención pública hacia otros temas. aunque los señalados como «culpables», en su momento sufrirán las sanciones que el señor «que no busca venganzas o revanchas» reserva para quienes se oponen a sus designios.
Como sea, esta Consulta Popular significa el inicio de una nueva etapa en la vida de la democracia mexicana. Ahora habrá que esperar que se aproveche para temas realmente sustantivos y no para satisfacer apetitos de un megalómano.
¿O tú qué opinas, paciente lector?