El Procedimiento Abreviado es hasta ahora el mecanismo más utilizado por las personas que son presentadas ante un Juez de Control; quienes de manera informada y asesorada, aceptan ser juzgados bajo este esquema de justicia.
En el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de abril del año 2021, en los juzgados de control de la capital de Durango; y del municipio de Gómez Palacio concluyeron 581 causas de las cuales, 271 fueron en Procedimiento Abreviado.
En el municipio de Durango se dictaron 145 sentencias en Procedimiento Abreviado, mientras que en Gómez Palacio fueron 126.
En el sistema penal acusatorio adversarial se enmarcan diversos mecanismos para concluir un proceso iniciado a partir de la comisión que la ley establece como delictivo; y que debe ser sancionado por la autoridad competente.
Esta modalidad, plasmada en el Código Nacional de Procedimientos Penales, permite a las partes involucradas en el proceso penal obtener en poco tiempo una sentencia condenatoria.
El Procedimiento Abreviado tiene como característica principal que el imputado, al aceptar su responsabilidad en el hecho; obtiene como beneficio se le imponga la pena mínima por el delito cometido, además de la reducción de hasta un tercio de la misma.
El imputado antes de aceptar se le enjuicie bajo esta modalidad, debe ser asesorado por su abogado defensor; además el Juez de Control le informa los alcances del mismo ya que la sentencia que se emita será condenatoria.
En 169 procesos penales concluyó la causa por la suspensión del proceso a prueba, donde el imputado toda vez que obtiene la sentencia; puede solicitar se cambie el internamiento en un centro de reclusión por medidas diversas.
En 61 causas el proceso concluyó por el perdón de la víctima y en 52 se llegó a su término a través de los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias.
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