La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha negado este miércoles un amparo solicitado por Televisa, su fundación y varias televisoras locales contra 14 artículos de la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, vigente desde enero de este año.
Esta norma, publicada en el Diario Oficial de la Federación, otorga a las comunidades indígenas y afromexicanas el derecho de reclamar en todo momento la utilización, comercialización, explotación o apropiación de elementos de su patrimonio cultural sin su consentimiento.
Con una votación de tres a favor y dos en contra, se aprobó el proyecto presentado por el ministro Alberto Pérez Dayán, que rechazó el amparo solicitado por Radio Televisión, Teleimagen del Noroeste, Televimex, y otras televisoras regionales.
Los ministros Lenia Batres Guadarrama y Yasmín Esquivel Mossa se sumaron al voto a favor, mientras que Javier Laynez Potisek y Luis María Aguilar Morales votaron en contra.
Entre los artículos impugnados se encuentra el 73, que establece como delito el uso indebido del patrimonio cultural de las comunidades indígenas y afromexicanas con fines de lucro, sin su consentimiento previo.
Las empresas argumentaron que la ley violaba principios constitucionales como la legalidad y la libertad de trabajo, entre otros.
El proyecto de la SCJN desestimó dichos argumentos, considerando que las televisoras no pueden ser eximidas de obtener autorización de las comunidades indígenas y afromexicanas para reproducir o imitar elementos de su patrimonio cultural.
Esta decisión ha generado un profundo debate en la sociedad mexicana, ya que pone en primer plano la protección de la diversidad cultural y el respeto a los derechos de los pueblos indígenas.
La resistencia de Televisa y las televisoras locales ante esta ley refleja un choque de intereses entre el lucro comercial y la preservación de la identidad cultural de las comunidades originarias.
La SCJN ha sentado un precedente con esta decisión, reforzando la protección del patrimonio cultural de las comunidades indígenas y afromexicanas en el país.
Desde ahora, las empresas de comunicación deberán contemplar el consentimiento de estas comunidades para la utilización de sus elementos culturales en sus contenidos.