SCJN invalida norma que exime a padres de responsabilidad en terapias de conversión
21/05/2025 - Hace 1 día en MéxicoSCJN invalida norma que exime a padres de responsabilidad en terapias de conversión

En una decisión histórica, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha invalidado una norma del Código Penal del Estado de Guerrero, esta ley liberaba de responsabilidad penal a los padres o tutores que obligaban a sus hijos a asistir a terapias de conversión.
Por tal motivo, la SCJN reconoció el grave impacto que estas prácticas tenían sobre los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes.
Detalles de la decisión legal
Durante una sesión del Pleno, la Corte aprobó por unanimidad anular el último párrafo del artículo 177 del Código Penal de Guerrero, que permitía a los padres de familia forzar a menores a participar en estas terapias sin repercusiones legales.
Sobre ello, la ministra Margarita Ríos Farjat destacó que estas prácticas son un claro límite a la responsabilidad parental, pues no se debe someter a los hijos a intervenciones coercitivas que les causen sufrimiento físico y emocional.
Implicaciones de la reforma
Guerrero era el único estado que mantenía tal excepción en su Código Penal, pese a la reforma de mayo de 2024 que sanciona las terapias de conversión con cárcel. La SCJN afirma que reprimir la orientación sexual o identidad de género causa graves daños físicos y emocionales.
Las terapias definidas por la Corte buscan disuadir el libre ejercicio de la identidad sexual, lo cual es contrario al interés superior del menor.
En abril de 2024, el Senado mexicano prohibió estas prácticas y estableció sanciones de dos a seis años de cárcel, con penas duplicadas si las víctimas son menores, adultos mayores o personas con discapacidad.
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